Turismo Sitges

La ordenanza de ruido entra en vigor para regular el uso de la pirotecnia en Sitges

La ordenanza del ruido modificada contempla el uso de la pirotecnia, principalmente, para fiestas populares y tradicionales.

La modificación parcial de la ordenanza de ruidos y vibraciones entró en vigor el 2 de mayo después de la aprobación del Pleno del Ayuntamiento en el mes de febrero y que ni la Generalitat ni la subdelegación del Gobierno se hayan posicionado en contra. La modificación se refiere especialmente al impacto sonoro alto y la incidencia que genera para los colectivos con una alta sensibilidad auditiva y para los animales de compañía.

 

La ordenanza modificada contempla el uso de pirotecnia sólo para las fiestas tradicionales y las actividades populares impulsadas por el Ayuntamiento de Sitges, sólo por personas o entidades y espacios designados previamente por el Ayuntamiento.

 

La ciudadanía en general y las empresas especializadas podrán realizar espectáculos pirotécnicos o usar petardos sólo si producen efectos luminosos o sin incidencia acústica, y en todo caso, sin mezcla detonante (no se permiten silbadores, roncadores, píldoras, truenos ” o similares). De forma excepcional, una vez al año se podrán realizar espectáculos pirotécnicos cuando sean realizados por una empresa especializada y con expertos acreditados siempre que sea una actividad de especial relevancia municipal. Además, por la Festividad de San Juan, la ciudadanía en general podrá hacer uso de artefactos pirotécnicos y petardos los días 23 y 24 de junio, teniendo en cuenta que deben llevarse a cabo como mínimo a 100 metros de distancia de los edificios asistenciales, gasolineras, hospitales veterinarios, playas para perros y espacios de recreo para perros.

 

El Ayuntamiento de Sitges avisará sobre los eventos que contemplan el uso de pirotecnia a la ciudadanía en general a través de las redes sociales y de forma particular a los colectivos afectados, como son las personas que sufren sensibilidad acústica, cómo puede ser autismo , y las personas propietarias de perros censados.

 

Las personas que quieran recibir esta información deben ponerse en contacto con la concejalía de Salud Pública (teléfono 93 93 810 91 00 / e-mail sanitat@sitges.cat) y con el servicio de inclusión de Derechos Civiles (teléfono 93 811 31 80 / e-mail inclusio@sitges.cat). También puede solicitarse recibir la información mediante instancia genérica dirigida al servicio de Salud Pública o Servicio de Derechos civiles. En todos los casos será necesario, o bien tener el perro censado o bien presentar un certificado de discapacidad o informe médico.

 

Los actos y eventos tradicionales que tienen pirotecnia estarán específicamente indicados con un icono en los programas de cada festividad y en la agenda web del Ayuntamiento.

 

La Comisión de Estudio técnica, formada por diferentes departamentos municipales, ha sido la encargada de la redacción del texto y considerar las aportaciones recibidas en la consulta pública previa abierta a la ciudadanía. También han participado con sus aportaciones asociaciones que trabajan en sectores animalistas, ancianos, salud mental y tradiciones y las fiestas. La modificación se recoge en el artículo 18, antes dedicado a los espectáculos pirotécnicos y ahora titulado Uso de productos pirotécnicos.

  • Ordenança soroll

Compartir

Comentarios

No hay comentarios.

BIENVENIDA A LOS PROCESOS PARTICIPATIVOS