Turismo Sitges

El Ayuntamiento habilita un trámite online específico para la adaptación a la nueva ordenanza de las viviendas de uso turístico

El plazo para presentar la documentación y acreditar que la licencia se ha adecuado a la nueva regulación finaliza el 1 de octubre.

El Ayuntamiento de Sitges ha habilitado un trámite directo online para gestionar específicamente la adecuación de las viviendas de uso turístico (HUT) a la nueva ordenanza municipal y facilitar su tramitación. Las personas que tengan que realizar este trámite pueden iniciarlo en el siguiente enlace directo: https://carpeta.sitges.cat/Ciutadania/DetallTramit.aspx?Cercador=True&IdTramit=656 
La Concejalía de Vivienda ha ampliado además el plazo de presentación de la documentación hasta el 1 de octubre (inicialmente finalizaba el 13 de julio) por el gran volumen de solicitudes realizadas; existen alrededor de 1.700 licencias de HUT otorgadas a Sitges.
El hecho de no haber presentado la documentación acreditativa de la adaptación a la ordenanza antes del 13 de julio no supone que se pierda la licencia de uso turístico de la vivienda, puesto que se atenderán las documentaciones presentadas hasta el 1 de octubre de 2022.
El Ayuntamiento dispone del servicio OAC360º para las personas que necesiten ayuda para realizar el trámite online. El OAC360º funciona de lunes a viernes, de 8 a 20 horas, en el teléfono 93 595 50 94. En casos en que no sea posible la tramitación telemática, se puede realizar presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) con cita previa o en el teléfono 010.
El Pleno del Ayuntamiento de Sitges aprobó la ordenanza reguladora de los HUT, en junio de 2021. El reglamento ordena los diversos aspectos de este fenómeno turístico para adaptarlo a las últimas novedades legislativas, a las necesidades del sector, y en paliar el impacto que esta actividad tiene en el derecho fundamental a la vivienda de la ciudadanía de Sitges.
La Ordenanza regula, también, las obligaciones de las propiedades y las gestoras de los HUT de Sitges, tanto en lo que se refiere a la formalización de la comunicación previa de la actividad al Ayuntamiento, como en lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones que deben asumir para prestar un servicio de calidad, ordenado y que facilite la convivencia vecinal. Al mismo tiempo, el reglamento define las condiciones y la tipología específica de los HUT, estableciendo una regulación para una implantación racional de pisos turísticos que evite incidencias negativas en la convivencia vecinal.
Actualmente, Sitges dispone de una normativa urbanística que define un tope máximo de licencias vigentes, cifra que en Sitges ya se supera con las licencias en vigor. Por tanto, a día de hoy no se aceptan nuevas licencias por Vivienda de Uso Turístico (HUT) en el municipio.

  • Sitges

Compartir

Comentarios

No hay comentarios.

BIENVENIDA A LOS PROCESOS PARTICIPATIVOS